Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: RECHAZADA la solicitud de exequátur presentada por el abogado CARLOS EDUARDO GONZALEZ T, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.293.998, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 183.768, apoderado del ciudadano QUERUBÍN ALONSO APONTE CRISTANCHO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidades N° CC 93388748.