En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarles a los ciudadanos: SIMON ANTONIO SERRANO MARTINEZ, LUZ MARÍA MARTINEZ, LUIS FERNANDO SERRANO MARTINEZ, YELUZ MERCEDES SERRANO MARTINEZ y YELIZ DEL VALLE SERRANO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nro. V-8.265.583V-2.749.391, V-15.050.914, V-14.212.922 y V-16.067.350, respectivamente, SUS DERECHOS COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto: SIMON FRANCISCO SERRANO VI.....