DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta, contenida en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por los Apoderados Judiciales de la Parte Demandada Ciudadano José Gregorio Silva Jiménez contra la demanda propuesta por el ciudadano Jesús Alejandro Requena Figueroa.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR por IMPROCEDENTE la Acción De Desalojo incoada por el Demandante ciudadano Jesús Alejandro Requena Figueroa, contra el demandado José Gregorio Silva Jiménez; en virtud de no estar llenos los extremos del artículo 34 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, tal como quedó decidido en el análisis de hecho y fundamentos de derecho de esta sentenc.....