..con los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal declara: 1) Su COMPETENCIA para conocer del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD INTERPUESTO por el ciudadano JOSÉ DE JESÚS CAMPOS GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. 8.257.693, asistido por el abogado en ejercicio PLUTARCO ELÍAS MARULANDA CRUZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nro 118.856, en contra la providencia administrativa N° 00179-2016 de fecha 18 de julio de 2016 , dictado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALBERTO LOVERA DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. 2) ADMITE el recurso de nulidad, ello administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela...