En consecuencia, en base a los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REPONE el presente juicio por Intimación de Honorarios Profesionales Judiciales; intentado por el ciudadano JOSE GREGORIO ARTHUR CENTENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10,062.795, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.946, debidamente asistido por la Abg. MARBELYS DEL VALLE MAESTRE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.438.952, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.319, al estado de admisión, a los fines de que sea sustanciado por el procedimiento correspondiente, razón por la cual se dejan sin efecto todas y cada una de las actuaciones anteriores a.....