Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano: JOSE GREGRIO MAESTRE contra la ciudadana: ENEIDA VELERO, plenamente identificados en autos, solamente en cuanto a la pretensión contenida en el punto Primero y Segundo del petitorio, es decir al reconocimiento de dominio pleno y absoluto como único y exclusivo propietario del inmueble plenamente identificado en autos. ASI DE DECIDE.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.- ASÍ SE DECIDE.-