...visto que los accionantes cuentan con asistencia jurídica y la representación judicial de la demandada se encuentra debidamente facultada para transigir en nombre de su representada, tal y como se desprende de instrumento poder cursante a los autos, y que el acuerdo transaccional materializado no vulnera lo previsto en los artículo 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, para los Trabajadores y las Trabajadoras, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte su HOMOLOGACION en todas y cada una de sus partes, otorgándole carácter de cosa juzgada. Asimismo se acuerda la entrega de los cheques a sus beneficiarios, quien declaran recibirlo conformes. De igual forma con relación a los codemandantes MAGLENE DEL CARMEN HERNANDEZ, RAIBEL GUZMAN y ENOEMI LOURDES HERNANDEZ HERRERA la ciudadana jueza procedió a prolongar la audiencia preliminar para el día 14 de diciembre de 2015 a la.....