Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nº 06, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: DECRETA CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, Y ARCHIVO JUIDICIAL DE LAS ACTUACIONES, conforme al artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado JOSE DANIEL GONZALEZ TABATA, en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y penado en el artículo 405, del Código Penal Venezolano en Vigencia, en concordancia con el artículo 80, primer aparte, eiusdem; en perjuicio del ciudadano JOSÈ ANTONIO OROZCO FAJARDO, el cual comporta el CESE DE LA MEDIDAS CAUTELARES, impuestas en fecha 27 de Noviembre del 2006, y la condición de imputado del referido ciudadano. Remítase oficio a la Oficina de Alguacilazgo participando lo conducente. Remítanse las presentes actuaciones a la.....