Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, actuando como Tribunal de Alzada, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSE MANUEL NUÑEZ, identificado en autos, contra la decisión de fecha 20 de abril de 2005, dictada por el Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En consecuencia se declara: PRIMERO: INADMISIBLE por intramitable, por la vía procesal escogida, la pretensión mero declarativa propuesta por el ciudadano HUBENCIO DELLAN BERMUDEZ, contra el ciudadano JOSE MANUEL NUÑEZ. Todo con fundamento en los artículos 16 y 341 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: ANULADO todo lo actuado en el presente proceso.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en vir.....