Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: De conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se asume el control jurisdiccional y se constituye éste Tribunal en forma Unipersonal, en el asunto seguido en contra de los acusados FRANK ENRIQUE CARABALLO y ELIACCI GARCIA PEREZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. 10.295.669 y 8.327.509 respectivamente, por la presunta comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, en perjuicio de la ASOCIACIÓN DE TAXIS UNION VALLE LINDO; representada por los ciudadanos: DOMINGO AMUNDARAY, JESUS LOPEZ, PEDRO MONTIEL Y ASDRUBAL TINEO; ordenándose la celebración del juicio oral y público para el día 10-02-2.011, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Líbrens.....