Por las razones antes expuesta, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se ACUERDA EXTENDER por Seis (06) meses, la Medida de Protección a la favor del ciudadano, ERMELIDA DEL CARMEN CURBATA, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.880.386 comisionando para ello a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO Oficiar al Comandante General de la Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección a la ciudadana ERMELIDA DEL CARMEN CURBATA, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.880.386 portadora de la Cédula de Identidad Nº 11.423.444, de nacionalidad venezolana, teléfono 0281-2635392, de 34 años de edad, soltera,.....