Se dictó Sentencia Interlocutoria declarando SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por el co-apoderado judicial de la parte actora abogado RACHID MARTINEZ, en fecha 15 de diciembre del año 2010, se anuló la sentencia apelada dictada por el Juzgado de la causa en fecha 13 de diciembre de 2010, y se REPONE la presente causa al estado que el Tribunal de origen, vale decir el Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de esta Circunscripción Judicial, se pronuncie sobre su competencia con estricta observancia a lo establecido en esta decisión, y en consecuencia de ello, se declaran nulas las actuaciones procesales desde el auto de admisión de la demanda inclusive, y subsiguientes actuaciones procesales, excepto las correspondientes al recurso.