Por tal situación,, este tribunal en aplicación a lo dispuesto en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el articulo 7 del Código de Procedimiento Civil, ordena la RECONSTRUCION DEL CITADO BP12-L-2007-000359, BRIGIDO ANTONIO BERACIERTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 8.222.324, a través de su apoderada judicial Abogada OLY RAMOS FERRER, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.545, contra la sociedad mercantil BJ SERVICES DE VENEZUELA C.C.P.A., .l, que se le dio entrada en fecha 31 de Julio de 2.006, iniciándose con el acta N° 02-2008 de fecha 26 de febrero de 2008, el auto de entrada en este tribunal y del presente auto, con su carátula, así como también se le anexe, todas las actuaciones contenidas luego del extravío del presente expediente. En consecuencia a los fines mencionados, el Tribunal ordena:
1. La revisión, de todos los asientos relativos a las actuaciones del referido expediente registrados en el L.....