el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena en forma SUMARIA al Prefecto del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui y al Registrador Principal del Estado Anzoátegui estampar la debida nota marginal en la Partida de MATRIMONIO de los ciudadanos PILAR REQUENA DE SUCRE y MIGUEL ANGEL SUCRE en el sentido que donde dice MIGUEL ANTONIO SUCRE, debe decir MIGUEL ANGEL SUCRE.- En tal sentido se ordena expedir copia certificada de la presente decisión y remitir a los Organismos antes señalados, a los fines de Ley.- Así se decide.