Se dictó sentencia en el presente recurso declarandosePRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación ejercido por el Abogado WILLIAMS ROSAL VALLEE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 97.777, en su condición de Apoderado Judicial de la ciudadana MIRIAM ROMERO DE PARACO, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, en fecha catorce (14) de octubre del año 2011. SEGUNDO: SE DECLARA LA CADUCIDAD DE LA ACCION. En consecuencia SE CONFIRMA, en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, en fecha catorce (14) de octubre del año 2011. TERCERO: Se condena en costas a la parte perdidosa en el presente Recurso de Apelación. Así se decide