En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA LA SENTENCIA ABSOLUTORIA, dictada en la causa seguida al ciudadano DEIBI RAFAEL MARTINEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.567.605, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 09/05/1986, de 19 años de edad, de profesión u oficio Bachiller, hijo de los ciudadanos BETTY CARRASQUEL (V) y de ASDRUBAL MARTINEZ (V) y residenciado en el Barrio Sucre, calle Trinidad, N° 21, Estado Anzoátegui, , por la comisión del delito de Extorsión previsto y sancionado en el artículo 461 del Código penal.
Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a la División del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, (SIPOL), Delegaci.....