Ahora bien como de la revisión de las actuaciones que conforman el expediente el Tribunal observa que el abogado de Confianza del acusado DR RUBEN DARIO HERRERA, no ha tenido conocimiento de la revocatoria formulada por su representado, por cuanto no se ha librado la Boleta de Notificación participando lo manifestado por aquél, es por lo que se ACUERDA LIBRAR Boleta De notificación al prenombrado Ciudadano, en consecuencia Librese la respectiva Boleta. Cúmplase.