Institución jurídica que doctrinariamente se conoce como citación presunta, es por lo que este Tribunal, considera a la demandada como validamente citada a través del abogado ELIS RAFAEL ZAMORA, a partir del día diecisiete de enero de dos mil siete, fecha en la cual el Abogado ELIS RAFAEL ZAMORA, identificado en autos, solicitó mediante diligencia copias del escrito libelar y sus anexos, y así se decide.-