"...este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE: el 50% del monto del canon de arrendamiento vigente celebrado entre la ciudadana Coral de Ana de Lyon en su carácter de cónyuge del ciudadano Cruz Nicomedes Lyon, plenamente identificados, con motivo del contrato de arrendamiento suscrito entre la ciudadana Coral de Ana de Lyon y la Sociedad Mercantil Instituto Diagnostico Venecia, C.A., hasta por la cantidad de CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs 134.000,00). Asimismo este Tribunal informa a la ciudadana MAUREM MARCANO SALAZAR, titular de la cedula de identidad Nº 13.945.658, en su condición de administradora del Instituto Diagnostico Venecia. C.A., que una vez realizado el trámite del cobro de los canones de arrendamiento correspondiente, el 50% del monto deberá ser consignado mediante cheque de gerencia, por ante Tribunal de la Causa, es decir el Juzgado del Municipio Diego .....