"...Ahora bien, habiendo transcurrido hasta el día de hoy el lapso de tres (3) días de Despacho, sin que conste en autos la documentación requerida, es forzoso para este Tribunal declarar INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), interpuesta por JUAN CARLOS GARCIA, procediendo en su carácter de Apoderado judicial del ciudadano YOEL LEONARDO ZAMBRANO RUEDA, antes identificados, contra ONAN JOSÉ HERNÁNDEZ VARGAS, antes identificado. Así se decide administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley..."