Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente DEMANDA por DESALOJO DE UN LOCAL COMERCIAL, y los recaudos acompañados, presentada por la ciudadana YADIRA JOSEFINA RONDON GAMBOA venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 10.490.893, asistida en este acto por el abogado JOHNNY NAVARRO inscrita en el IPSA bajo el numero 94.689, en contra del ciudadano MARCO AURELIO VILLALOBOS BARRERA Y ANTONIE MOUZABER JUBI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-8.341.390 y V-13.766.078, en donde se encuentran involucrada la joven adulta MILENA ESTEFANIA VILLALOBOS RONDON, de dieciocho (18) años de edad, nacida en fecha 05/05/2000, es el caso que analizadas las actas procesales del expediente se observa que no hay Niños, Niñas.....