Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana MAIRA ALEJANDRA GARCIA LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.491.864, en contra del ciudadano LEONARD JOSE GONZALEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-15.191.416, con fundamento en la causal tercera establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida a "Los excesos, sevicias e injurias que hacen imposible la vida en común". Por cuanto en relación a la causal sexta a saber: la adicción alcohólica u otras formas graves de fármaco dependencia que hagan imposible la vida en común, la misma es IMPROCEDENTE. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo.....