Por las razones de Hecho y de Derecho precedentes, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR los recursos de apelación interpuestos por las representaciones judiciales de las empresas codemandadas contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 15 de mayo de 2006; 2) Se REVOCA, la decisión recurrida; 3) Se REPONE la causa al estado que el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declare la consecuencia jurídica establecida en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de la incomparecencia de la parte demandante en el día y la hora fijada para la realización de la audiencia de juicio.