Por los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la presente Acción de Amparo incoada por la sociedad mercantil PRODUCCIONES NUEVA TV, representada por su Presidenta, Ciudadana LAURA DEL CARMEN PIEDRA SALAS, contra la sociedad mercantil CORPORACION TELEMIC, C.A. (INTERCABLE), ambas partes suficientemente identificadas, en consecuencia REVOCA en todas sus partes la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha nueve de mayo de dos mil seis, y, así se decide.