IV DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con lugar la solicitud por Obligación de Manutención, corresponde a dos mil bolivares (2000,00) forma de pago inmediato en razón a la insolvencia injustificada de los meses adeudados, los mismos son marzo, abril, mayo y junio, del año en curso, se toma como referencia base el 30%, del salario mínimo decretado por el ejecutivo nacional, de bolivares dos mil cuatrocientos cincuenta y siete bolivares ( bs. 2457,00) quedando comprometido por pagar el aumento fijado setecientos treinta y siete (bs. 737,37) bolivares mensuales el cual debe de pagar en adelante, de manera regular en el pago de las cuotas en forma consecutivas y oportuno, una ves estableci.....