Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Custodia, intentada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO CASTILLO GUATACHE, en contra de la ciudadana BRENDA ALEJANDRA ROJAS MARQUEZ, a favor del niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) En consecuencia, la madre ciudadana BRENDA ALEJANDRA ROJAS MARQUEZ, continuara ejerciendo la Custodia de su hijo