Este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLIVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI de conformidad con el artículo 253 de la Carta Magna, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por ministerio del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana Dolores Amatima de Salazar (†), a los ciudadanos Ramón Leonidas Salazar en su carácter de esposo y los ciudadanos Héctor Ramón Salazar Amatima, Concepción de Valle Salazar Amatima, Thais Milagro Salazar Amatima, Erika Norga Salazar Amatima, Luis Rafael Salazar Amatima, Blanca Josefina Salazar de Sosa, Violeta Coromoto Salazar Amatima, Yuraima de Carmen Salazar Amatima, Petra Dolores Salazar de Medina, en su carácter de hijos, todos identificados ut-supra, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros y las presentes actuaciones como título par.....