Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por el ciudadano JEREMIAS BAUTISTA MUNDARAIN GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° 3.944.237; en consecuencia, conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, se ACUERDA LA ENTREGA METERIAL DEL VEHICULO con las siguientes características MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1980, MODELO: C-10, TIPO: PICK UP, COLOR: NARANJA, SERIAL DE CARROCERIA: CCD14AV208045, SERIAL DE MOTOR: CVJ214494, PLACA: 514-AAP, USO: CARGA, a objeto de la presente solicitud. SEGUNDO: Remítase oficio al Encargado del Estacionamiento Pozuelo, Estado Anzoátegui, a los fines que le sea entregado al solicitante antes identificado dicho vehículo. TERCERO: Revuélvanse los documentos originales al soli.....