Por lo razonamientos antes expresados, Este Tribunal de Primera Instancia de Control Nº 01 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE lo siguiente: PRIMERO: Los hechos imputados por la Representante del Ministerio Público constituyen la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO EN GRADO DE COAUTOR Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en los artículos 458 y 277 ambos del Código Penal, en agravio del Ciudadano JUAN CARLOS YANEZ y EL ORDEN PÚBLICO, respectivamente, en lo que respecta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y ROBO AGRAVADO FRUSTRADO EN GRADO DE COAUTORA, previsto en el articulo 458 del Código Penal, en agravio del Ciudadano JUAN CARLOS YANEZ en lo que respecta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en lo que respecta a la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, delitos perseguible de oficio y cuya acción penal no se encuen.....