Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por el ciudadano FRANK ENRIQUE SERRA BOADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.347. 723, en contra de los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ CEDEÑO Y DENNY DE GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-13.689.045 y V-14.764.879, respectivamente, todos de este domicilio.- En consecuencia, se ordena a los demandados de autos, hacerles entrega a la parte actora del inmueble constituido por un apartamento identificado con el Nº 01, letra B, Bloque 10, planta baja, ubicado en la Urbanización Chuparin Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui. Asimismo se condena a los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL GONZÁLEZ CEDEÑO Y .....