En fecha 12 de noviembre de 2014, se admitió la presente demanda, ordenado la citación de la parte demandada, para lo cual se requirió fotostatos a los fines de librar la respectiva compulsa, tal como consta de nota de secretaria. Ahora bien del análisis de las actuaciones contenidas en la presente causa, se observa que en fecha 25 de junio de 2015, el Tribunal mediante auto acordó lo solicitado de fecha 18 de junio de 2015, por abogado LUIS GIRAL, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, donde lo designó como correo especial, a fin de gestionar la citación de la parte demandada, y se le instó a consignar los fotostatos, a los fines de librar la respectiva compulsa, tal como consta de nota de secretaria. De autos se evidencia que la parte actora si bien cumplió con la carga procesal de consignar los fotostatos solicitados expresamente para formar la compulsa en fecha 10 de julio de 2015, siendo esta la última actuación realizada por la parte accionante, y elaborad.....