se Decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado MARY FRANCIS SALAZAR BARRERO, titulares de las cédulas de identidad Nro. V- 17.734.351, por la presunta comisión del delito ESTAFA, previsto y sancionado en los artículos 462 del Código Penal; consistentes en estar atento a los llamados que le realice el tribunal o el Ministerio Público en relación al presente asunto, todo de conformidad con los artículos 242 ordinales 9° del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se Decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado YORMAN JOSE CARABALLO TOLEDO, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-11.966.896, por la presunta comisión del delito ESTAFA, previsto y sancionado en los artículos 462 del Código Penal.