DECISIÓN:
En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos este Tribunal Tercero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara que operó LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en la presente causa que por derecho de jubilación especial incoara el litis consorcio activo conformado por los ciudadanos ALCIDEZ D?VIAZZO, MERY AURIGA KOZIEL, CARLOS ORFIRIO FIGUEROA, GILBERTO MÉNDEZ, LIDECE OLIVARES, CARMEN TERESA GÓMEZ DE ALCALÁ, LUIS ORLANDO SILVA, NÉSTOR BOADA S., PADRÓN NAVARRO JOSÉ LUIS, LINERO MEDINA TARIS RAMÓN contra la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE).
Por cuanto se constata de las actas procesales, que la parte actora estableció en domicilio procesal en su escritos de refo.....