DECISIÓN
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales incoara la ciudadana BETTY JOSEFINA MARCANO, en contra de la Sociedad Mercantil SALES INDUSTRIALES, S.A. (SALINSA), todos plenamente identificados en autos, por haber operado en contra de la accionante la prescripción de la acción.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante conforme a la parte in fine del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo