Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la Defensa Pública del acusado JOSE RAFAEL HERRERA JARAMILLO, y en consecuencia NIEGA LA SUSTITUCION DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada en su contra por el Tribunal de Control, por Medidas Cautelares Sustitutivas menos gravosas.
Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión.