Por lo que se concluye que se encuentra plenamente demostrado la comisión del (los) delitos de , previsto y sancionado en el (los) artículo (s) del Código Penal. Por lo que la solicitud de la Representación Fiscal, en su acusación asevera que por la comisión del delito debe ser enjuiciado el acusado en autos ALEXIS JOSÉ HERNÁNDEZ, RAFAEL ANGEL GIL RONDON, ISMAIRA DEL VALLE BLANCO PEREZ, DORA BRITO, JOSE MANUEL BIANCHI CERDA, ADRIANA ESTHER SANCHEZ BRITO, WILLIAMS JOSE SANABRIA, LIDA MARGARITA GUILLEN GOMEZ, WILFREDO JOSE RAMOS, MERCEDES MARIA SANCHEZ GUEVARA, DOMINGO GOMEZ, EDUARDO JOSE BRONT y CARTEL CONVOCATORIA, y comprobada la culpabilidad del acusado, se decide CONDENARLO por ello.
En consecuencia, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Anzoategui , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano ALEXIS JOSÉ HERNÁNDEZ, RAFAEL ANGEL GIL RONDON.....