Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente de Divorcio, intentada por la ciudadana YSBELIA JOSEFINA, GRANADINO ROMERO, titular de la cédula de identidad N°: V-10.066.600, de este domicilio; asistida por la Abg. NOHELIA FAJARDO, con IPSA, bajo el N°: 238.484; por no cumplir con los extremos del artículo 340º del Código de Procedimiento Civil Vigente. Y así se decide.-