Por lo que este Tribunal de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui ACUERDA convocar a las partes aquí presentes para el día: MARTES 18 DE NOVIEMBRE A LAS 02:00 DE LA TARDE; a los fines de que tenga lugar la continuación del presente Debate Oral. Se ordena la práctica de las citaciones y notificaciones respectivas, con el auxilio de la Fuerza Publica. Asimismo se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas a fin de garantizar la citación de la experto ESLEIDA BARROSO, solicitándose respuesta expresa del requerimiento efectuado por el Tribunal. Quedan notificados los presentes. Se declara formalmente cerrado el presente Debate. Se deja Constancia que se dio cumplimiento a los Principios Generales del Proceso, como son Oralidad, Inmediación, Concentración y Contradicción, establecidos en los artículos 14, 16, 17 y 18 todos de la Ley Objetiva Penal. Culminó el presente acto siendo las Cinco y veinte ( 05:20) de .....