Seguidamente se le cede la palabra al ciudadano TORRES URDANETA HECTOR ANIBAL, quien debidamente asistido por la Abogada antes identificada expone: "Quedo en cuenta de la notificación que se me hace y de la medida de secuestro a practicarse en este acto; y en consecuencia me doy por citado, renuncio al termino de la comparecencia y al de la distancia si lo hubiere. Convengo en todos y cada uno de los elementos y motivos contenidos en el libelo de la demanda y complementariamente convengo en entregar el inmueble objeto del presente juicio el dia 22/11/2009, libre de personas y cosas y en las mismas buenas condiciones en que se encuentra en este acto. En caso de que la demandante acepte el convenimiento planeado pido al Tribunal de la causa lo homologue en todas sus partes. Convengo igualmente que en caso de incumplir lo aquí expresado, se considera este convenimiento de plazo vencido y el demandante podrá solicitar su ejecución inmediata. Es todo." En este estado se le cede la palabra .....