El Tribunal con vista del acuerdo alcanzado por las partes, en el cual establecen como pago definitivo para dar por terminado el presente juicio, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (BsF.50.000,00), pagaderos dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes a la presente fecha; en cuya oportunidad se pronunciara este Tribunal en relación al cierre del presente asunto. Siendo así, este Tribunal con vista de la manifestación y consentimiento de las representaciones judiciales de las partes, y verificada la facultad expresa en el mandato que les fuere conferido, acuerda impartir la HOMOLOGACION AL ACUERDO CONCILIATORIO ALCANZADO. En el entendido, que vencido como sea el lapso para el pago del acuerdo alcanzado por las partes, sin que conste en autos haberse cristalizado tal acuerdo respecto del monto en la oportunidad prometida, este Despacho remitirá las actas del expediente a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción .....