Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio que ha incoado el ciudadano JUAN MANUEL MARTÍNEZ MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 3.171.379 y domiciliado en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Abogado MOUNIR WAKIL KAWAN, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 14.167, en contra de la ciudadana HAYDEE MADRID MOLINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.293.432 y de este domicilio, con fundamento en la Causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil. disolviéndose por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Vista del Sol, Municipio.....