en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano FERNANDO IGNACIO VALDES FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.735.256, debidamente asistida por la Defensoría Publica Quinta Del Sistema De Protección De Niños, Niñas Y Adolescente, Abogada MARANLLELY RAMIREZ, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la Designación de un CURADOR AD-HOC, a favor de su hijo, el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , nacido en fecha 26/12/2009. SEGUNDO: Designar a la ciudadana YEHEYLLANM PRISCILA VALDES TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.990.147, para que sea el CURADOR AD HOC, del niño: Se Omite de Con.....