Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de Régimen de Convivencia Familiar, incoado por el ciudadano EDDER JOSE CARMONA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.128.271, en favor de la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en contra de la ciudadana ZULIVER JOSE JIMENEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.105.445, y en consecuencia se establece el siguiente Régimen de Convivencia Familiar: "El padre ciudadano EDDER JOSE CARMONA RODRIGUEZ, podrá compartir con su hija un fin de seman.....