Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Condena a al acusado FREDDY JOSE SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.627.226, quien es venezolano, natural de Caracas ¿ Distrito Capital, donde nació en fecha 29-07-1968, de 40 años de edad, de Estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de los ciudadanos Ana Rosa Sánchez (v) y Celso Ramírez (v), residenciado en la Calle Esmeralda Casa Nº 05 los Magallanes de Catia Parroquia Sucre del Distrito Capital; por la comisión del delito de ALTERACION DE SERIALES, previsto y sancionado en el Articulo 8 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del Estado Venezolano; a cumplir la pena de UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN.....