Por las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: 1) Se condena al imputado ORLANDO JOSE PEÑA VELASQUEZ, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 453 Ordinal 1º del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MARISET DEL VALLE URBANEJA DE CORDOVA, a una pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, que deberá cumplir donde lo designe el Tribunal de Ejecución, de conformidad con el Articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; 2) En cuanto a las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, se mantiene las mismas decretadas en su oportunidad, toda vez que el mismo ha venido cumpliendo con las mismas, que consiste en Presentaciones Periódicas cada TREINTA (30) DIAS ante el Cuerpo de Alguacilazgo de es.....