Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara: INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de exequátur de la sentencia signada con el N° 443, dictada por el Juzgado Tercero – Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá – República de Panamá, en fecha catorce (14) de julio de 2016.