En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida por los ciudadanos DARWIN CORDERO, NELSON DAVID RODRIGUEZ y MARCOS RODRIGUEZ, debidamente asistidos por el Abogado MANUEL ALEJANDRO MALAVER, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.139.057; y la sociedad mercantil demandada, a través de su coapoderado judicial abogado Sandro Martínez, SERVICIOS y MANTENIMIENTO GUZMAN, C.A. (S.M.G., C.A) antes identificados; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Ahora bien, conforme al pago que las partes acordaron efectuarse relacionado en el escrito transaccional presentado; por un monto de DIEZ MIL BOLIVARES (BsF.10.000,oo) a favor de cada uno de los ciudadanos DARWIN CORDERO, NELSON DAVID RODRIGUEZ y MARCOS RODRIGUEZ; cuyo pago se efectuó conforme a lo ac.....