En virtud de las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JESUS ANTONIO ALVARADO RENDON venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.937.661, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.862, en contra del ciudadano WILLIAM MENESES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.499.485 .En consecuencia se condena a la parte demandada ciudadano WILLIAM MENESES a pagar al ciudadano JESUS ANTONIO ALVARADO RENDON, las siguientes cantidades de dinero: PRIMERO: La cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 56.800,oo) por concepto del monto total de la letra de cambio adeudada. SEGUNDO: La cantidad de.....