En fuerza de las precedentes consideraciones, el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el amparo constitucional solicitado por el ciudadano Pedro Antonio Sánchez Basabe, titular de la cédula de identidad N° 13.561.777 contra el Consorcio Tecnoconsult-Oiltanking.
De conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ordena al Consorcio Tecnoconsult-Oiltanking lo que sigue:
Primero: Reincorporar al ciudadano Pedro Antonio Sánchez Basabe al cargo que desempeñaba para la fecha de su despido (15 de octubre de 2004).
Segundo: Pagar al ciudadano Pedro Antonio Sánchez Basabe los salarios caídos (a razón de Bs. 411.695 mensuales) desde la fecha del despido hasta la del reenganche efectivo, para cuya determinación, de ser el caso, se pract.....