Acto seguido, el Tribunal declaró Secuestrados los dos (02) Locales Comerciales señalados por la ejecutante, y procedió a hacer entrega de los mismos en calidad de deposito, a la Depositaria Provisional, ciudadana: YONG YI LI, antes identificada, quien los recibió conforme y se comprometió a cuidarlos como un buen padre de familia.- Igualmente el Tribunal deja expresa constancia, que se procedió a cambiar la cerradura de la puerta principal de los referidos locales, y en el Local N° 2 se colocó un (01) candado antisizalla DF, marca: HIGH SECURITY, y en el Local N° 4, se colocaron dos (02) cilindros marca SISA, cuyo manojo de llaves le fue entregado a la Depositario Provisional designada, a los fines consiguientes.-